NUEVAS REGLAS PARA CARGAS PEQUEÑAS EN LAS FRONTERAS ENTRE  FOZ Y ALTO PARANÁ

CIUDAD DEL ESTE (Internacional por Charly Friendz) Ya están formalmente en marcha las nuevas exigencias operativas y legales para todas aquellas empresas dedicadas al flete y transporte de pequeñas cargas entre la ciudad de Foz de Yguazú y los municipios altoparanaenses de Ciudad del Este, Presidente Franco y Hernandarias. Esta medida surge como resultado directo de un acuerdo bilateral firmado en Asunción entre los gobiernos de Paraguay y Brasil, el cual fue integrado de manera oficial al Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT). El objetivo central de esta normativa es ordenar el intenso flujo comercial de mercancías a menor escala que caracteriza a esta zona limítrofe, buscando erradicar de forma paulatina el flete informal que opera sin las garantías mínimas. Asimismo, las autoridades pretenden reforzar los controles aduaneros en los pasos fronterizos, elevar los estándares de seguridad vial en las rutas internacionales y garantizar una trazabilidad clara de las mercaderías que cruzan a diario entre ambas naciones, brindando así mayor previsibilidad y respaldo legal tanto a los comerciantes como a los propios trabajadores del sector del transporte.

Las nuevas reglas que tenés que tener en cuenta son las siguientes:

  • Autorización en ambos países: La empresa debe estar legalmente constituida y contar con el permiso de la Dinatrán (Paraguay) y de la ANTT (Brasil).
  • Capacidad de los camiones: Solo están habilitados los camiones que tengan un peso de entre 3,5 y 12 toneladas.
  • Mínimo de vehículos por empresa: Durante el primer año, la transportista debe contar con al menos 3 camiones habilitados. A partir del segundo año, la exigencia sube a 4 camiones.
  • Propiedad de la flota: El operador debe ser dueño de por lo menos uno de los camiones. Los choferes también pueden organizarse trabajando en cooperativas o asociaciones legales.
  • Seguros y papeles al día: Se exige toda la documentación legal de la empresa y la contratación obligatoria del seguro internacional para cargas.

Es importante aclarar que estas reglas son únicamente para el flete comercial de mercaderías; los vehículos particulares o de paseo siguen circulando exactamente igual sin ningún cambio. Además, se mantiene la rutina actual de cruce: los camiones de menor carga pasan vacíos por el Puente de la Integración (de 7:00 a 19:00 horas) y vuelven cargados a través del Puente de la Amistad, pasando por los controles de la DNIT y la Receita Federal.

as reglas aplican a todo el esquema operativo comercial entre Foz de Yguazú y las tres ciudades de Alto Paraná (Ciudad del Este, Presidente Franco y Hernandarias), abarcando la dinámica combinada de ambos puentes:

  • Puente de la Integración: Se utiliza exclusivamente para el cruce de los camiones de menor carga en estado vacío (en el horario habilitado de 7:00 a 19:00 horas).
  • Puente de la Amistad: Se utiliza para el retorno de estos mismos camiones ya cargados con la mercadería, donde se someten a la fiscalización de la DNIT y la Receita Federal.

Por lo tanto, la exigencia de permisos (Dinatrán/ANTT), el tonelaje del camión (3,5 a 12 toneladas), los seguros y el tamaño de la flota son requisitos obligatorios para que la empresa pueda operar legalmente en este circuito fronterizo en su totalidad.

 

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