ADREDE ATROPELLÓ A DOS CICLISTAS Y HUYÓ

ASUNCIÓN (policiales) Un vehículo atropelló a dos ciclistas que circulaban sobre la avenida de la Costanera de Asunción. Aparentemente, el conductor del rodado involucrado los chocó en forma intencional.

Según las denuncias en las redes sociales, el hecho se registró en la Costanera de Asunción, cuando los ciclistas se encontraban entrenando sobre uno de los carriles de la avenida José Asunción Flores.

Supuestamente, el conductor implicado empezó a increpar a los ciclistas por utilizar la calle y no la bicisenda y terminó atropellándolos.

Personas del ámbito del ciclismo, detallaron que uno de las víctimas es un conocido atleta de competencia. Un informe de NPY mencionó a Alberto Marinoni entre los afectados. Uno de ellos terminó con 30 puntos en la cara, además del daño a los biciclos.

El hecho pudo haber terminado incluso en una tragedia, mientras se espera poder identificar al conductor del rodado, quien manejaba un automóvil de la marca Toyota, tipo Fun Cargo, de color blanco.

Otros ciclistas alegaron que no se puede entrenar por la bicisenda, ya que es para pasear, y porque además es del uso de peatones. Argumentaron que los ciclistas profesionales van a una velocidad de unos 50 kilómetros por hora como mínimo, por lo que justifican que puedan circular en el carril de la avenida.

¿Ciclistas profesionales pueden circular por la vía?

El director Municipal de Tránsito de Asunción, Vicente Capello, señaló a Última Hora que los ciclistas habitualmente fuera de una competencia deben circular por las bicisendas o ciclovías si las hay.

“En caso de no tener un carril segregado o exclusivo para ciclistas, están obligados a ir por el lado derecho de la calzada a no más de 1, 50 m del cordón. Esto se aplica a toda calle sin importar tipo de pavimento o categoría de vía, mientras que si es una competencia la misma debe estar autorizada y debe tener cobertura para proteger a los ciclistas”, aclaró.

La ley de Tránsito de la Municipalidad de Asunción señala que siempre que, en forma contigua a una vía de tránsito, se haya establecido un camino o senda para bicicletas, los ciclistas transitarán por él y no usaran la vía general de tránsito. (Su inobservancia constituye falta grave).

 

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