NI CHAPULÍN COLORADO YA NO NOS PODRÁ SALVAR CON ESTA LEY ABSURDA

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LEY DE LA LEGITIMA DEFENSA SOLO FAVORECE A LOS BANDIDOS

Ante los constantes casos de asaltos, las víctimas prefieren actuar antes que aceptar sufrir los atracos. Sin embargo, existen factores para que la persona pueda alegar que en realidad se trató de una legítima defensa y no así de una excitación del momento. El abogado Osvaldo Granada Salaberry indicó que la situación y el contexto son factores fundamentales para determinar si un caso corresponde a legítima defensa, con respecto al caso del militar que mató a un motoasaltante en Luque.

El Artículo 19 del Código Penal Paraguayo dice: “No obra antijurídicamente quien realizara una conducta descrita en el tipo legal de un hecho punible, cuando ella fuera necesaria y racional para rechazar o desviar una agresión, presente y antijurídica, a un bien jurídico propio o ajeno”.

El letrado comentó que existen dos posturas divididas: están las organizaciones de derechos humanos que velan por algún joven fallecido -en algunos casos- pese a ser un criminal, y por otra parte está la sociedad cansada de los atropellos vividos ante la falta de seguridad. “Acá surge el clamor social, que dice ‘si la Policía no pude protegerme, me voy a tener que proteger yo”, agregó.

Sostuvo que el juez debe ubicarse en el contexto para medir la proporcionalidad del hecho. Comparó el caso del militar que repelió a tiros y asesinó a un motochorro armado en Luque, con otro que involucre a un niño que sale en la Costanera con algún cortaplumas pasa asaltar, pero que la víctima realice un disparo. Explicó que ambos casos son diferentes, “porque si te viene con un cortaplumas, no podés reventarle la cabeza”, acotó. ¿Y qué esperan las autoridades, que nos defendamos a los besos de los malhechores?

La legítima defensa termina cuando finaliza el ataque, por lo que ya se caerá en exceso de una tensión emocional muy fuerte si se ataca por la espalda al criminal cuando este ya se retira, dijo Granada Salaberry. Agregó para reducir la pena se puede justificar una excitación emotiva momentánea, pero aclaró que esto ya no se configura como legítima defensa. Lo que esta ley demanda es simplemente levantar los brazos, dejar que lleven todas tus pertenencias e incluso la vida, ya que la vida no vale nada, solo la del delincuente. Y como el chapulín colorado también ya se fue, ¿entonces quién podrá salvarnos?

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