Se genera una nueva herramienta legal para acelerar contrataciones públicas, pero no se evidencian planes de trabajo extraordinarios de emergencia, ni los presupuestos programados para las acciones.
Nada extraordinario a sus obligaciones habituales harán las gobernaciones y las instituciones recurrentes al plan de emergencia declarado por Decreto 2954 en los departamentos de Concepción, San Pedro y Canindeyú. Sin embargo, en ese marco aplicarán un proceso de contratación acelerada, con menores requerimientos y sin precisión de las urgencias. Tampoco está definido qué presupuesto estiman destinar en sus acciones.
El citado decreto exime de varios requerimientos establecidos en los procesos de compras normales y otorga vía libre para la excepció