VIOLAN LA CONSTITUCIÓN DE LOS PARAGUAYOS

EL GOBIERNO SUSPENDE DERECHOS CONSTITUCIONALES CON DECRETOS


CIUDAD DEL ESTE (Reflexión, por Carlos Roa) Una pequeña pero interesante lectura para todos los paraguayos que se encuentran con permiso, ya que el gobierno nos despojó de nuestros derechos constitucionales por decreto entre colorados sinvergüenzas empresarios médicos de este gobierno que realmente tenemos que mirarlo toda la vida y cuando lo encontremos en algún lugar lo llamemos de HDP escupirlo en la cara y no permitirlo permanecer en lugares de placer.

 

ARTÍCULO 32: DE LA LIBERTAD DE REUNIÓN Y DE MANIFESTACIÓN
Las personas tienen derecho a reunirse y a manifestarse pacíficamente, sin armas y con fines lícitos, sin necesidad de permiso, así como el derecho a no ser obligadas a participar de tales actos. La ley sólo podrá reglamentar su ejercicio en lugares de tránsito público, en horarios determinados, preservando derechos de terceros y el orden público establecido en la ley

ARTÍCULO 41: DEL DERECHO AL TRÁNSITO Y A LA RESIDENCIA
Todo paraguayo tiene derecho a residir en su Patria. Los habitantes pueden transitar libremente por el territorio nacional, cambiar de domicilio o de residencia, ausentarse de la República o volver a ella y, de acuerdo con la ley, incorporar sus bienes al país o sacarlos de él. Las migraciones serán reglamentadas por la ley, con observancia de estos derechos. El ingreso de los extranjeros sin radicación definitiva en el país será regulado por la ley, considerando los convenios internacionales sobre la materia. Los extranjeros con radicación definitiva en el país no serán obligados a abandonarlo sino en virtud de sentencia judicial.

 

ARTÍCULO 68: DEL DERECHO A LA SALUD
El Estado protegerá y promoverá la salud como derecho fundamental de la persona y en interés de la comunidad. Nadie será privado de asistencia pública para prevenir o tratar enfermedades, pestes o plagas, y de socorro en los casos de catástrofes y de accidentes. Toda persona está obligada a someterse a las medidas sanitarias que establezca la ley, dentro del respeto a la dignidad humana.

ARTÍCULO 86: DEL DERECHO AL TRABAJO

Todos los habitantes de la República tienen derecho a un trabajo lícito, libremente escogido y a realizarse en condiciones dignas y justas

La ley protegerá el trabajo en todas sus formas y los derechos que ella otorga al trabajador son irrenunciables.


 

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