Por recomendación de una Cámara de Apelaciones, el juez penal Miguel Tadeo Fernández sancionó por inconducta procesal al abogado Mariano Giménez Fernández, quien lo recusó sin fundamento, por haberle negado a su representado Alan Patiño medidas sustitutivas a la prisión.
Por recomendación de una Cámara de Apelaciones, el juez penal Miguel Tadeo Fernández sancionó por inconducta procesal al abogado Mariano Giménez Fernández, quien lo recusó sin fundamento, por haberle negado a su representado Alan Patiño medidas sustitutivas a la prisión.
Por esta resolución el abogado recusó al magistrado y Cámara de Apelaciones rechazó lo pretendido por el defensor y le recomendó al juez la sanción al defensor.
El magistrado hizo valer el Artículo 114 de Código Procesal Penal, que establece las sanciones pertinentes a los abogados que actúan de mala fe. La sanción que deberá cumplir el profesional abogado por esta grave falta, es el pago de 100 días-multa que consiste en G 7.015.500.
Esta suma, una vez que quede firme la resolución disciplinaria, ingresará a las arcas del Poder Judicial y el Ministerio Público.
El pasado 19 de marzo se llevó adelante la audiencia disciplinaria al abogado Giménez Fernández, para a fin de aplicar lo establecido en el Art. 114 del C.P.P, que habla de la facultad que tienen los magistrados de aplicar sanciones a los profesionales que litiguen de mala fe o temeridad, con multas que pueden llegar a 100 días multa en casos graves, como es este caso.