APRUEBAN PROYECTO EN DIPUTADOS

OBJETORES DE CONCIENCIA DEBERÁN PONERSE AL DÍA CON SUS RESPONSABILIDADES CÍVICAS

CIUDAD DEL ESTE (Redacción) La Cámara de Diputados aprobó el proyecto que reglamenta la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio. Los hombres de 18 años que no vayan al cuartel deben cumplir algún servicio civil para obtener el certificado de objetores, de lo contrario, tendrán que pagar una multa. Quien no tenga dicha documentación será inhabilitado para trámites públicos. El proyecto de ley “Que modifica los artículos 20 y 21 de la Ley N° 4.013/2010 “Que reglamenta el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio y establece el servicio sustitutivo al mismo en beneficio de la población civil” tuvo media sanción ayer en la Cámara Baja.

La iniciativa toma como base que actualmente nadie cumple con las obligaciones de la objeción en conciencia, que consiste en prestar algún servicio civil como voluntariado o actividades similares en reemplazo del servicio militar obligatorio.

El artículo 2º, en uno de sus apartados, obliga a todos los hombres de 18 años de edad a contar, indistintamente, con:

Un carnet o certificación de cumplimiento de la objeción de conciencia;

Constancia de pago de la contribución establecida en la ley;

Certificación de insolvencia o constancia de exoneración del pago por insolvencia, para la realización de determinados trámites públicos.

INHABILITACIÓN

Quienes no cuenten con el carnet o la constancia de pago de multa o la certificación de insolvencia, no podrán realizar trámites referentes a la obtención y renovación de pasaportes; no estarán habilitados a acceder a becas del Estado paraguayo; ni a concursar para el acceso a la función pública.

En cuanto al artículo 21, se crea un fondo con las contribuciones de los que no realicen el servicio sustitutivo. La multa es de cinco jornales mínimos, es decir, 400.000 guaraníes.

En otras palabras, el joven que no desee hacer el servicio militar obligatorio, tiene tres opciones para conseguir el carnet de objetor de conciencia:

Cumplir con el servicio sustitutivo

Pagar la multar de G. 400.000

No cumplir el servicio sustitutivo y declararse insolvente para no pagar la multa.

Vidal Acevedo, miembro del Servicio de Paz y Justicia – Paraguay (Serpaj), se refirió al punto como un despropósito por parte de los legisladores y enfatizó que la normativa aprobada restringe varios derechos y garantías que tienen los jóvenes.

Destacó que la Constitución Nacional establece que quienes opten por la objeción de conciencia podrán hacer un servicio civil en beneficio de la población, que no tendrá carácter punitivo.

Acevedo consideró asimismo que por no querer cumplir el servicio militar no se puede impedir que los jóvenes tengan acceso a oportunidades estudios.

“Verdaderamente es un despropósito esto, hoy día los jóvenes no tienen en su agenda ni el servicio militar obligatorio, ni el servicio social civil, los jóvenes hoy día a los 18 años están pensando en aportar a la canasta básica familiar, a estar buscando el primer empleo”, expresó.

Finalmente el activista anunció que realizarán el lobby correspondiente para que el Senado rechace el proyecto de ley.

 

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