TRATAN HOY PROYECTO DE LEY

PROPONEN CASTRACIÓN QUÍMICA A VIOLADORES, PERO ES REALMENTE EFICAZ?? ESTUDIOS DEMUESTRAN QUE NO

CIUDAD DEL ESTE (Redacción) La Cámara de Diputados estudia hoy el proyecto que tipifica como crimen el abuso sexual, elevando las penas carcelarias hasta 25 años, según el agravante, e introduciendo la castración química como medida de vigilancia. En esta nota te contamos los detalles sobre la castración química que además supondrá un costo para todos porque no se trata de extirpar el pene ni tampoco es un procedimiento definitivo de una sola aplicación.

La castración química es un procedimiento en el que se busca anular la conducta sexual del hombre. Para ello, se le suministran medicamentos antiadrogénicos que anulan las funciones de las hormonas masculinas. Aunque se hable de “castración”, no se realiza ninguna forma de esterilización ni se altera físicamente el cuerpo como sí ocurre con la castración quirúrgica en la que se extraen los testículos o los ovarios. Los efectos de la castración química son reversibles: en el momento en que se dejan de tomar los medicamentos, el impulso sexual vuelve a aparecer, también se ha demostrado que el cuerpo crea resistencia a estos químicos y con el uso dejan de tener efecto en el paciente.

Por otro lado, este método realmente no enseña una conducta, sino que reprime el impulso sexual. Como hemos dicho anteriormente, si los fármacos se dejan de tomar, el deseo surgirá de nuevo. Los expertos recomiendan que la castración química siempre debe ir acompañada de una terapia psicológica

Finalmente estamos hablando de un gasto para la nación que no dará resultados reales y como si fuera poco será necesario un tratamiento especial como sería el acompañamiento psicológico, siendo este un país lleno de enfermos mentales que no logran tener asistencia médica gubernamental, donde el Hospital Psiquiátrico de Asunción es  prácticamente el único centro accesible para la población que necesita cuidados psiquiátricos y psicológicos y al igual que todas las instituciones públicas de Salud están abarrotados y sobreviviendo gracias a la solidaridad de las personas.

Lastimosamente en estos caso donde ocurren abusos sexuales a personas sean mayores o menores de edad nos causa tal aberración que somos muchos los que preferimos métodos medievales que sin duda pondrían freno al comportamiento cavernícola de los autores, porque muchos de ellos no son enfermos descontrolados, simplemente son personas sin escrúpulos que aprovechan la ocasión o la vulnerabilidad de las víctimas.

En casos así es cuando lamentamos la intervención de organismos como Amnistía Internacional o los derechos humanos en general que finalmente protegen a los agresores.

Ante el aumento de abuso sexual que se da entre menores hay un evidente desequilibrio dentro de los hogares y las instituciones educativas o laicas donde sin duda se ha perdido la moral, la decencia, el respeto y no hay duda de que los menores que cometen esto actos también son víctimas de abuso ya sea físico sexual o la falta al deber del cuidado donde se les expone a todo tipo de situaciones como el consumo de pornografía a través del celular o la computadora o el simple hecho de mantener relaciones sexuales en la misma habitación del niño

Legisladores de varios partidos firmaron el proyecto de ley que modifica los artículos 72,128, 130, 131 y 135 de la ley 1160/97 del Código Penal, el cual pretende aumentar la pena privativa de libertad y reemplazar la figura de delito, por la de crimen, a los que cometen abuso sexual o acciones que involucren actos sexuales a niños u otras personas de edad superior.

En el artículo 72 vigente, que habla de las clases de medidas, que podrán ser privativas o no de libertad y que serán de vigilancia, mejoramiento o seguridad, se introduce en el inciso segundo, apartado 4, la castración química de por vida, al cumplir la pena privativa de libertad correspondiente, por hechos punibles establecidos (128.130,135) en esta ley.

En el artículo 128, sobre coacción sexual y violación, se estipula un castigo con pena privativa de libertad de 20 años en adelante, cualquiera sea la edad de la víctima.

El numeral cuatro de este mismo artículo indica que luego de cumplir la pena carcelaria, será aplicada la castración química, como medida de vigilancia.

La misma pena se prevé cuando las víctimas son personas indefensas, que se encontrasen en estado de inconsciencia o que por cualquier otra razón estuviesen incapacitadas para ofrecer resistencia. También se incluye la castración química una vez cumplida la pena de cárcel.

En cuanto al artículo 135, de abuso sexual en niños, se prevé una pena de libertad de 10 a 25 años. Cuando se diera más de una circunstancia, la pena irá de 20 a 25 años.

Respecto al 135, sección B, referente al abuso por medios tecnológicos, sobre el que por medio de comunicaciones electrónicas o cualquier transmisión de datos solicite o exija a un niño que realice actos sexuales o envíe imágenes de sí mismo, recibirá de 5 a 10 años de cárcel. También se castigará la tentativa

Compartimos un video que muestra un poco sobre la realidad de la salud mental en Paraguay, acaso no merecen estas personas y otras miles que no reciben atención médica de ningún tipo y hasta son encadenadas por sus familiares porque no tienen recursos para darles un tratamiento o una mejor calidad de vida?? Finalmente otra vez los delincuentes recibirán tratamiento especial.

 

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